* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase el artículo 139 del Código de Pro-
cedimientos en lo Criminal, vigente en la Provincia.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,a
dieciocho días del mes de junio de mil novecientos treinta.-