• Detalle de Ley

    Ley N°: 1493
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 14/07/1930
    Promulgada: 21/07/1930
    Publicada: 09/09/1930
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo a  invertir
    hasta la suma de DIEZ MIL pesos moneda nacional, para compra
    de semillas  para  facilitar  con cargo de devolución, en el
    término de  tres años, a los agricultores arroceros que per-
    dieron sus cosechas a raíz de las últimas lluvias.
    
       Art.2º.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo a invertir hasta
    la suma  de  DIEZ  MIL pesos moneda nacional, para facilitar
    semillas en  igual forma a los demás agricultores de la Pro-
    vincia, a excepción de los cañeros.
    
       Art.3º.- El  gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley,  se  hará de Rentas Generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.4º.- El P.E. reglamentará la presente ley.
    
       Art.5º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a catorce días del mes de julio de mil novecientos treinta.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA COMPRA DE SEMILLAS PARA DISTRIBUIR ENTRE LOS AGRICULTORES ARROCEROS QUE PERDIERON SUS COSECHAS POR INCLEMENCIAS CLIMATICAS.-

  • Observaciones