• Detalle de Ley

    Ley N°: 1495
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 31/07/1930
    Promulgada: 07/08/1930
    Publicada: 02/09/1930
    Boletin Of. N°: 6511

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir de
    Rentas Generales y con  imputación a esta ley, hasta la suma
    de sesenta y siete mil pesos moneda Nacional ($67.000 m/n.),
    en la proporción y para la realización de los trabajos que a
    continuación se expresan:
       a) Verificación del relevamiento topográfico y confección
    del empadronamiento y avalúo definitivo en los departamentos
    de Burruyacu,  Río  Chico y Graneros, incorporando las divi-
    siones transferencias  y  mejoras que hubiere, con datos que
    se obtendrán  del Registro de la Propiedad y Tribunales y en
    base de  las  mensuras existentes; confección de las láminas
    faltantes y terminación del plano catastral de la Provincia;
    preparación de  los índices, fichas y boletas correspondien-
    tes, y  organización definitiva de la oficina de geodesia de
    la Dirección General de Rentas.$ 60.000;
       b) Depuración y trascripción de los padrones de contribu-
    ción directa  de la Provincia y confección de fichas e índi-
    ces en  el  material  de que dispone la Dirección General de
    Rentas $ 7.000.
    
       Art.2º.- Declárase la presente ley de carácter urgente.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de la  H. Legislatura, a
    treinta y  un  días  del  mes  de  julio  de mil novecientos
    treinta.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ASIGNA PRESUPUESTO PARA RELEVAMIENTO TOPOGRÁFICO Y EMPADRONAMIENTO EN LOS DEPARTAMENTOS DE RÍO CHICO, GRANEROS Y BURRUYACÚ.-

  • Observaciones