• Detalle de Ley

    Ley N°: 1537
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - SALUD - ECONOMICO
    Sancionada: 27/06/1933
    Promulgada: 28/06/1933
    Publicada: 13/07/1933
    Boletin Of. N°: 7354

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  primer párrafo del artículo
    1º de la  ley de Asistencia Médica y Social de la Provincia,
    en la siguiente forma:
       "Artículo 1º.- Autorízase al Poder  Ejecutivo para inver-
    tir el setenta y  cinco por ciento del  fondo  permanente de
    Obras Públicas y Asistencia Médica y  Social en la ejecución
    del siguiente plan, que será cumplido con  preferencia a to-
    do otro  y atendido en la forma que a continuación  se esta-
    blece".
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a veintisiete de junio de mil novecientos treinta y tres.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ART.1 DE LEY 1533 DE ASISTENCIA MÉDICA Y SOCIAL DE LA PROVINCIA.-

  • Observaciones

    LA LEY 1698 DEROGA LA LEY 1533.-