* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de veintitrés mil quinientos setenta y cuatro
pesos con doce centavos moneda nacional, en la realización
de los trabajos complementarios para habilitar el Canal de
desagüe al Oeste de Tafí Viejo, a fin de conducir las aguas
pluviales que bajan de la montaña del arroyo Taficillo al de
los Caínzos y que comprende las siguientes obras: movimien-
tos de tierra para reconstrucción de banquina, desembanque
de ripio, desenlame y profundización del canal excavación
para depósitos de ripio de embanque, muros de piedras con
alambre tejido nº 9 malla 3" y defensa de piedras en seco.
Art.2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente Ley, se harán de rentas generales con imputación a
la misma, a cuyo efecto declárasela de carácter urgente.
Art.3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
veintiocho de Junio de mil novecientos treinta y cinco.-