• Detalle de Ley

    Ley N°: 1612
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 30/12/1935
    Promulgada: 02/01/1936
    Publicada: 11/01/1936
    Boletin Of. N°: 8087

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Destínase  hasta  la suma de diez mil pesos
    moneda nacional, para  la habilitación de los cauces denomi-
    nados Los Laureles y Edelmiro Bulacio y otros, en los Córdo-
    bas, departamento de Río Chico
    
       Art.2º.- Los gastos  que  demande  el  cumplimiento de la
    presente ley, se  harán de Rentas Generales con imputación a
    la misma.
    
       Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a treinta  días  del mes  de  diciembre  de  mil novecientos
    treinta y cinco.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA UNA SUMA DE DINERO PARA LA HABILITACIÓN DE LOS CAUCES DENOMINADOS LOS LAURELES Y EDELMIRO BULACIO Y OTROS, EN LOS CÓRDOBAS, DEPARTAMENTO DE RÍO CHICO.-

  • Observaciones