• Detalle de Ley

    Ley N°: 1626
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 28/05/1936
    Promulgada: 30/05/1936
    Publicada: 03/06/1936
    Boletin Of. N°: 8202

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícanse los artículos 2º y 4º de la ley
    Nº 1613 (construcción  del  Palacio de los Tribunales), como
    sigue:
       "Art.2º.- La construcción  del  Palacio de los Tribunales
    tendrá  un costo  máximo de $ 1.000.000 m/n., que se abonará
    al  adjudicatario  de  la  obra,  en  anualidades  hasta  de
    $ 100.000 m/n ".
       " Art.4º.- El Poder  Ejecutivo llamará a concurso de pla-
    nos con las bases que él determinará y aprobado uno de ellos
    llamará a licitación pública."
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
    tiocho días del  mes  de  mayo  de mil novecientos treinta y
    seis.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1613
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2° Y 4° DE LA LEY N°1613 (CONSTRUCCIÓN DEL PALACIO DE LOS TRIBUNALES).-

  • Observaciones