* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de Octubre de 1936,
el plazo para pagar sin multa la contribución directa, pa-
tentes en general, derechos de análisis químicos, riego y
renovación de archivos de marcas, correspondiente al
corriente año de 1936.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
cinco días del mes de Octubre del año mil novecientos
treinta y seis.