* DEROGADA *
La Honorable Sala de Representantes en uso de las facul-
tades que inviste ha sancionado la siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Créase la plaza de portero de la Exma. Cá-
mara de Justicia y Tribunal de Comercio, que será servida
con un solo empleado con la asignación de ciento sesenta y
ocho pesos anuales.
Art. 2º.- Asígnase al portero de los Juzgados de 1a
Instancia ciento sesenta y ocho pesos anuales, quedando
abolido el derecho de citación que pagaban las partes.
Art. 3º.- Comuníquese.
Sala de Sesiones, en Tucumán, Diciembre 11 de 1860.-