* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese de Rentas Generales un crédito ex-
traordinario hasta la suma de ocho mil pesos moneda nacional
para la provisión de aguas corrientes a la población de Pie-
drabuena, ubicada en el primer distrito del Departamento de
Burruyacu.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente se imputará a la misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
los veinte y siete días del mes de Noviembre del año mil
novecientos treinta y seis.