* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de veinte mil pesos moneda nacional en la
restauración del edificio denominado " Capilla de San José
de Lules", actualmente en posesión de la Congregación de
Santo Domingo, ubicado en el segundo distrito del Depar-
tamento de Famaillá.
Art.2º.- Declárase este edificio monumento de la Provin-
cia.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma, la que se declara de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
veinte y siete días del mes de noviembre del año mil nove-
cientos treinta y seis.