* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de diez y ocho mil
pesos moneda nacional más, la Partida I, Ítem 6º, Inciso
III, Anexo A del Presupuesto en vigencia.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
veinte y siete días del mes de Noviembre del año mil nove-
cientos treinta y seis.-