• Detalle de Ley

    Ley N°: 1714
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 15/11/1937
    Promulgada: 18/11/1937
    Publicada: 10/12/1937
    Boletin Of. N°: 8650

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provin-
    cia a destinar hasta la suma de cuatro mil ochocientos pesos
    moneda nacional,  para cancelar de inmediato el préstamo hi-
    potecario, acordado  por  la  Caja  Popular de Ahorros de la
    Provincia al empleado de policía don Eduardo M. Calle, muer-
    to trágicamente en cumplimiento de su deber.
    
       Art.2º.- El  inmueble que se libera y que está ubicado en
    esta ciudad, calle Amador Lucero entre las calles Crisóstomo
    Álvarez y  Avenida  Mate  de  Luna, queda comprendido en los
    beneficios de  la  Ley  de  amparo del hogar, de fecha 26 de
    julio de 1907.
    
       Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento  de la pre-
    sente ley  se  hará  de Rentas Generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.4º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
    quince días  del mes de noviembre de mil novecientos treinta
    y siete.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA A DESTINAR UNA SUMA DE DINERO PARA CANCELAR DE INMEDIATO EL PRÉSTAMO HIPOTECARIO, ACORDADO POR LA CAJA POPULAR DE AHORRO DE LA PROVINCIA AL EMPLEADO DE POLICÍA DON EDUARDO M. CALLO, MUERTO EN CUMPLIMIENTO DE SU DEBER.-

  • Observaciones