• Detalle de Ley

    Ley N°: 1730
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 18/05/1938
    Promulgada: 24/05/1938
    Publicada: 28/05/1938
    Boletin Of. N°: 8785

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo.1º.- Ábrese  un crédito extraordinario al Depar-
    tamento de  Gobierno, Justicia e Instrucción Pública, por la
    suma de  cinco mil cincuenta y tres pesos con noventa centa-
    vos moneda  nacional,  para abonar las cuentas pendientes de
    la Secretaría del H. Senado, por le año 1937, de conformidad
    al siguiente detalle:
    
       Laureano Rodriguez Alejo.......................$   486.60
       Abraham Iurcovich..............................$   144.--
       Alvaro Fonseca.................................$   243.40
       Roig Hermanos..................................$ 2.938.90
       Compañia Hidro Eléctrica.......................$   202.--
       Pablo Wuscovi y Compañia.......................$ 1.039.--
                                                      $ 5.053.90
       Art.2º.- El  gasto  que  demande  el  cumplimiento  de la
    presente ley,  se  hará de Rentas Generales con imputación a
    la misma.
    
       Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    dieciocho días  del mes de mayo de mil novecientos treinta y
    ocho.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    OTORGA CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA DEPARTAMENTO DE GOBIERNO PARA ATENDER DEUDAS DEL H. SENADO.-

  • Observaciones