* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 1938
el plazo para pagar sin multas, la contribución directa, se-
llos, patentes en general, derechos de análisis químicos,
riego y renovación de archivo de marcas correspondientes al
año 1938 y atrasadas.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a trece días del mes de Diciembre del año mil novecientos
treinta y ocho.