• Detalle de Ley

    Ley N°: 178
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 27/04/1861
    Promulgada: 27/04/1861
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La H.S.  de R.R. en uso de sus atribuciones ha sancionado
    con valor y fuerza la siguiente
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  No ha lugar a la solicitud del Tesorero de
    la Provincia Francisco J. del Corro.
    
       Art. 2º.- En todas las oficinas de Hacienda, dependientes
    de la  Tesorería,  lo  mismo  que  en  ésta,  se  recibirá y
    entregará la  moneda  nacional  de  cobre  por  el  peso que
    represente la  cantidad o cantidades que hayan de entregarse
    o recibirse.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Tucumán, Abril 27 de 1861.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE LA RECEPCION Y DACION EN PAGO OBLIGATORIA EN OFICINAS DE HACIENDA, DE MONEDA NACIONAL DE COBRE.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 2- PAG. 465.-