• Detalle de Ley

    Ley N°: 18
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - POLITICO
    Sancionada: 11/11/1852
    Promulgada: 16/11/1852
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Al Exmo. Sr. Gobernador y Capitán General de la Provincia
    con fecha  11  del  presente  la  H. Sala de la Provincia en
    sesión del mismo, ha sancionado lo que sigue:
    
       Artículo 1º.- Se faculta al Gobierno de la Provincia para
    emplear de  los  fondos  públicos,  la  cantidad  que juzgue
    necesaria con  arreglo  al estado del Erario para solemnizar
    la jura del estatuto provincial, con cargo de cuenta.
    
       Art. 2º.- Comuníquese etc.
    
       Tucumán, 16 de Noviembre de 1852.-

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL GOBIERNO DE LA PROVINCIA PARA EMPLEAR DE LOS FONDOS PÚBLICOS LA CANTIDAD QUE JUZGUE NECESARIA PARA SOLEMNIZAR LA JURA DEL ESTATUTO PROVINCIAL.

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS TOMO I PAG. 98