• Detalle de Ley

    Ley N°: 1808
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SALUD
    Sancionada: 04/06/1940
    Promulgada: 11/06/1940
    Publicada: 26/06/1940
    Boletin Of. N°: 9395

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo  a invertir
    hasta la  suma  de diez mil pesos moneda nacional, para com-
    batir la bubónica en el Departamento de Burruyacu.
    
       Art.2º.- El  gasto  que  demande  el  cumplimiento  de la
    presente ley,  se  hará de rentas generales con imputación a
    la misma.
    
       Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de  la Honorable Legislatura,
    a cuatro días del mes de Junio de mil novecientos cuarenta.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A INVERTIR UNA SUMA DE DINERO
    PARA COMBATIR LA BUBÓNICA EN EL DPTO BURRUYACU.

  • Observaciones