• Detalle de Ley

    Ley N°: 1818
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 18/06/1940
    Promulgada: 28/06/1940
    Publicada: 16/07/1940
    Boletin Of. N°: 9410

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Créase  el  aeropuerto provincial "Benjamín
    Matienzo", destinando al mismo los terrenos necesarios de la
    parte Sud-Oeste del Parque 9 de Julio.
    
       Art. 2º.-  Este  aeropuerto  dependerá  directamente  del
    Ministerio de  Gobierno,  que  podrá  entregar  su cuidado y
    administración a  una  entidad dedicada a actividades de esa
    índole.
    
       Art. 3º.-  Declárase de utilidad y sujetos a expropiación
    en los  términos  de la ley provincial vigente, los terrenos
    necesarios para su ampliación, de acuerdo a lo aconsejado en
    el plan regulador de la ciudad.
    
       Art. 4º.-  Los  gastos  que demande el cumplimiento de la
    presente ley,  serán atendidos con fondos que fija al efecto
    el Presupuesto General de Gastos de la Nación.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
    y nueve de junio de mil novecientos cuarenta.

  • Relaciones

    Derogada por Ley 5325

  • Resumen

    CREA EL AEROPUERTO PROVINCIAL BENJAMÍN MATIENZO

  • Observaciones