* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Créase el aeropuerto provincial "Benjamín
Matienzo", destinando al mismo los terrenos necesarios de la
parte Sud-Oeste del Parque 9 de Julio.
Art. 2º.- Este aeropuerto dependerá directamente del
Ministerio de Gobierno, que podrá entregar su cuidado y
administración a una entidad dedicada a actividades de esa
índole.
Art. 3º.- Declárase de utilidad y sujetos a expropiación
en los términos de la ley provincial vigente, los terrenos
necesarios para su ampliación, de acuerdo a lo aconsejado en
el plan regulador de la ciudad.
Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley, serán atendidos con fondos que fija al efecto
el Presupuesto General de Gastos de la Nación.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
y nueve de junio de mil novecientos cuarenta.