• Detalle de Ley

    Ley N°: 1819
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 14/10/1940
    Promulgada: 21/10/1940
    Publicada: 05/11/1940
    Boletin Of. N°: 9501

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo.1º.- Acuérdase  un  nuevo  plazo  de dos años, a
    contar desde la fecha de la promulgación de la presente ley,
    para que  el  Gobierno de la Nación comience la ejecución de
    los trabajos  de construcción del edificio de la Escuela  de
    Comercio, en  el  terreno  donado por la Provincia, mediante
    Ley nº 1.705, del 5 de Julio de 1937.
    
       Art.2º.- Esta  donación no se escriturará, ni el Gobierno
    de la Nación tendrá derecho alguno sobre el terreno mientras
    la obra  no  sea  licitada y adjudicada y se inicie la cons-
    trucción del edificio.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a cator-
    ce días del mes de Octubre de mil novecientos cuarenta.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1705
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ACUERDA UN NUEVO PLAZO PARA QUE EL GOBIERNO DE LA NACIÓN
    COMUNIQUE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN DE LA
    ESCUELA DE COMERCIO EN EL TERRENO DONADO POR LA PROVINCIA
    POR LEY 1705.

  • Observaciones