* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo.1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de un mil sesenta pesos moneda nacional, para
compra de una franja de terreno en la Villa de Lamadrid,
situada frente a la estación ferroviaria, para la apertura
de la calle Nicolás Avellaneda, de acuerdo al estudio y
avaluación practicadas por la Oficina de Obras Públicas,
según expediente Nº 7.404 -C- año 1924.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a ca-
torce días del mes de Mayo de mil novecientos cuarenta y
uno.