* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Créase la Escuela de Policía de la Provin-
cia de Tucumán.
La Dirección de la Escuela de Policía preparará los pro-
gramas, materias, cursos de enseñanza y condiciones exigidas
a los alumnos de dicha escuela. La propuesta curricular de-
berá contar con la aprobación de la Jefatura de Policía an-
tes de ser puesta en vigencia.
Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley, se imputarán a las partidas específicas del
presupuesto vigente.
Art. 3º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Decreto Ley Nº 169 G(S/G) homologado
por Ley Nº 2684.-