* DEROGADA *
La Sala de Representantes de la Provincia en uso de sus
atribuciones, sanciona la siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Asígnase el sueldo de quince pesos mensua-
les al Alcaide de la cárcel de esta ciudad.
Art. 2º.- Ábrese un crédito suplementario por la cantidad
de setenta y cinco pesos al presupuesto vigente.
Art. 3º.- Revócase todo otro emolumento establecido por
la costumbre a favor del referido empleo, o cualquiera dis-
posición semejante.
Art. 4º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones en Tucumán, a 2 de Agosto de 1861.-