* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo.1.- Refórmase la partida 28, del ítem 2º, inciso
IV, del Anexo A del Presupuesto en vigencia, en la siguiente
forma:
"28 Ayudante 1º 38 $ 170 $ 6.460 $ 77.520".
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
titrés de Junio de mil novecientos cuarenta y uno.