• Detalle de Ley

    Ley N°: 1888
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 20/10/1941
    Promulgada: 27/10/1941
    Publicada: 14/11/1941
    Boletin Of. N°: 9804

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Créase  un consultorio médico en San Pedro
    de Colalao, departamento de Trancas.
    
       Art.2º.- Este consultorio será atendido dos veces por se-
    mana por  el  médico del Hospital de Trancas, con un viático
    de $ 75 mensuales; una partera y un enfermero, con una asig-
    nación de  $ 110 mensuales cada uno y con residencia obliga-
    toria en el lugar.
    
       Art.3º.- El  gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley,  hasta tanto sea incluída en la Ley de Presupues-
    to, se hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
    
       Art.4º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a veinte días del mes de Octubre de mil novecientos cuarenta
    y uno.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CREA UN CONSULTORIO MEDICO EN SAN PEDRO DE COLALAO.-

  • Observaciones