* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta suma de tres mil pesos moneda nacional, en la recons-
trucción de cercas y reparaciones en el cementerio de la
localidad de Trancas, en el Departamento del mismo nombre.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a
la misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos
cuarenta y uno.