* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de $ 20.00 M/N, en la adquisición y manteni-
miento de un consultorio odontológico rodante, para ser
puesto al servicio del Consejo General de Educación y Pro-
tección a la Infancia.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma hasta su inclusión en Presupuesto.
Art.3º.- El Peder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
Art.4º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veinte y un días del mes de Octubre de mil novecientos
cuarenta y uno.