* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de treinta mil pesos moneda nacional, en la
construcción de un gimnasio en la Villa de Lules, departa-
mento de Famaillá.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará con el fondo de $ 39.305.70, sobrante del
rubro para expropiación o adquisición de terrenos, de la Ley
nº 1.784, del 9 de Noviembre de 1939.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a doce días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y
dos.