• Detalle de Ley

    Ley N°: 1943
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: LEGISLACION GENERAL - CONSTITUCIONAL - TURISMO - TRIBUTARIO - ECONOMICO - INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 29/05/1946
    Promulgada: 17/06/1946
    Publicada: 26/06/1946
    Boletin Of. N°: 11146

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
                 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
             PROVINCIA DE TUCUMAN,SANCIONA CON FUERZA DE 
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Decláranse leyes de la Provincia los decre-
    tos acuerdos dictados por la intervención Federal en la Pro-
    vincia de Tucumán, desde el 4 de junio  de 1943 hasta  el 22
    de mayo de 1946, que a continuación se detallan:
       1) Nº 86/625 del 15/9/943. Por el  que se modifica el de-
    creto Nº 210 de fecha 16/6/943, sobre rebajas de alquileres,
    dictados como consecuencia  de lo dispuesto  por el artículo
    3º del decreto nacional Nº 1580, del 29/7/943;
       2) Nº 202/268, del 20/12/943. Modificando el artículo 127
    de la Ley Orgánica de las  Municipalidades; aprobado por re-
    solución del Ministerio del Interior de fecha 24/1/944;
       3) Nº 230/295 del 30/12/943. Autorizando a la Municipali-
    dad de la  Capital a vender al Gobierno de la Provincia, los
    inmuebles y elementos  afectados al servicio de los hospita-
    les Zenón J. Santillán y Angel C. Padilla;
       4) Nº 231/296 del 30/12/943. Autorizando  al Ministro  de
    Hacienda a  suscribir en  representación del  Gobierno de la
    Provincia, con las autoridades de la Municipalidad de la Ca-
    pital, el convenio  de traspaso de los  hospitales Santillán
    y Padilla;
       5) Nº 232/297  del 30/12/943. Aprobando  el  convenio  de
    traspaso de los hospitales Zenón J. Santillán y Angel C. Pa-
    dilla;
       6) Nº 241/306 del 31/12/943. Sustituyendo  el artículo 17
    de la Ley Orgánica de los Tribunales de  Justicia y haciendo
    un agregado al artículo 31 de la misma ley;
       7) Nº 7 del 14/1/944. Creando el Departamento de investi-
    gaciones Económicas y Sociales;
       8) Nº 52 del 30/1/944. Derogando las  leyes  provinciales
    Nº 1432 y 1456, de fechas 1º de junio y 8 de agosto de 1928,
    que fijan la competencia  territorial de los magistrados del
    Centro Judicial de Concepción;
       9) Nº 109 del 28/2/944. Declarando de utilidad  pública y
    sujeto a  expropiación el ganado  vacuno  que se halle en la
    provincia;
       10) Nº 110 del 28/2/944. Expropiando las reses existentes
    en el Matadero Municipal, así como  los vacunos  en corrales
    de la tablada;
       11) Nº113 del  28/2/944. Encomendando la  tramitación  de
    compra  de  hacienda para el  consumo en la  zona  norte del
    país, al señor Julio Bulacio Nuñez;
       12) Nº 230 del 28/4/944.- Disponiendo en todas las escue-
    las dependientes  el  onsejo General de Educación de la Pro-
    vincia, la  enseñanza  de  la  religión  católica, que  será
    impartida  por  los  maestros  católicos, como materia ordi-
    naria del plan de estudio;
       13) Nº 34/413 del 26/7/944. Modificando  los artículos 2º
    y 7º de la Ley Provincial de Turismo Nº 1927;
       14) Nº 69/448 del 10/8/944. Adoptando normas para la tra-
    mitación de gestiones de carácter administrativo;
       15) Nº 174/553 del 7/11/944. Adoptando  a partir  del año
    1945, para la instrucción  primaria en el  territorio  de la
    provincia, los  planes  de  estudio, métodos  pedagógicos  y
    textos vigentes en el orden nacional;
       16) Nº 208/587 del 7/12/944. Relacionado a la cuestión de
    Bonos de Pavimentación de la ciudad de Tucumán;
       17) Nº 221/600 del 18/12/944. Derogando el Decreto Ley Nº
    52, del 30/1/944, y restableciendo, en consecuencia, el Cen-
    tro Judicial de Concepción;
       18) Nº 74 del 10/4/945. Derogando  el artículo 1º del De-
    creto Ley Nº 241/306, referente  a la Ley  Organica  de  los
    Tribunales de Justicia;
       19) Nº 137 del 9/6/945. Derongando  la Ley  Provincial Nº
    1718, del 29/4/938, que modifica  el artículo 268 del Código
    Rural, restableciendo, en  consecuencia, la  vigencia  de la
    disposición que fija la mano derecha para el tránsito de ve-
    hículos en el territorio de la provincia;
       20) Nº 240 del 17/12/945. Declarando de  aplicación en el
    territorio de la  Provincia, las  disposiciones  del Decreto
    Ley Nacional Nº 5103/45, de fecha 2/3/945, por el que se re-
    glamenta el ejercicio de las  profesiones de doctor en cien-
    cias económicas, contador público nacional y actuario;
       21) Nº 4 del 12/1/946. Acogiendo  a la provincia de Tucu-
    mán a la ayuda Federal, establecida por Decreto Nº 31.589/44
    del 30/11/944 (Estatuto de la  Dirección Nacional  de Salud
    Pública), y se acepta  la Ayuda Federal  en los  términos de
    los artículos 11 y 12, inciso a), primera  parte, del citado
    Decreto;
       22) Nº 463/1403/14 del 10/12/943. Declarando  de utilidad
    pública los bienes  muebles e inmuebles afectados a la pres-
    tación del servicio público de  tranvias de la ciudad de Tu-
    cumán, y sujeto a expropiación;
       23) Nº 17/76 del 29/12/943. Creando la patente única para
    vehículos automotores;
       24) Nº 19/78 del 29/12/943 Estableciendo el Salario fami-
    liar,Compensación al casado y Bono de maternidad;
       25) Nº 27/86 del 12/1/944. Eximiendo de  impuestos  a las
    industrias nuevas, con capital efectivo no menor de $ 50.000
    moneda nacional;
       26) Nº 37/96 del  26/1/944. Remplazando  el  artículo 2º,
    inciso b) de la Ley Nº 1751, Junta Permanente del Hogar Pro-
    pio;
       27) Nº 65/124 del  5/5/944. Estableciendo  un interés pu-
    nitorio del 1% a los acreedores de dinero colocados en hipo-
    tecas que no abonen en término el impuesto pertinente;
       28) Nº 222 del 25/4/944. Revocando  la concesión del ser-
    vicio público de electricidad  otorgada a la Compañia  Hidro
    Eléctrica de Tucumán, S.A.;
       29) Nº 280 del 20/5/944. Declarando  de utilidad  pública
    y sujeto a expropiación los bienes  muebles e  inmuebles de
    la fábrica y refinería Ñuñorco;
       30) Nº 70/129 del 23/5/944. Estableciendo  en la Caja Po-
    pular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, las operaciones
    de Credito Reciproco;
       31) Nº 290 del 23/5/944. Declarando de  utilidad  pública
    y sujeto a expropiación los cargaderos e implementos de pro-
    piedad de Buffo hermanos, o de quienes resultaren serlo, si-
    tuado en Acheral, L. Rougés, Villa Quinteros, Amberes y Yer-
    ba Buena;
       32) Nº 292 del 24/5/944. Revocando la  concesión del ser-
    vicio eléctrico otorgada por la Municipalidad  de Concepción
    a la Compañia de Electricidad del Norte Argentino, S.A.;
       33) Nº 316 del 2/6/944. Creando la  Corporación  Mixta de
    Productores de Frutas y Hortalizas;
       34) Nº 78/137 del 6/6/944. De apremio administrativo;
       35) Nº 97/156 del 18/11/944. Modificando  la Ley Nº 1761,
    en lo que  respecta al destino a  darse al importe  asignado
    para construcción  del edificio de la Honorable Legislatura;
       36) Nº 99/158 del 22/12/944. Incorporando  a la  Adminis-
    tración Pública de la Provincia el catastro  parcelario des-
    criptivo;
       37) Nº 104/163 del 9/1/945. Implantando el escalafón para
    el personal del Banco de la Provincia;
       38) Nº 108/167 del 20/1/945. Reformando disposiciones del
    capitulo III de la Ley Orgánica del Banco  de la Provincia;
       39) Nº 109/168 del 22/1/945. Eximiendo   del sellado pro-
    vincial a los documentos y  contratos  relacionados  con los
    préstamos que concede el Banco  de Crédito Industrial Argen-
    tino;
       40) Nº 112/171  del 30/1/945. Eximiendo  del sellado pro-
    vincial al obrero, empleado, entidades  gremiales, etcétera,
    en sus gestiones ante las autoridades públicas, relacionadas
    con las leyes de trabajo y de previsión social;
       41) Nº 115/174 del 21/2/945. Reglamentando  la colocación
    de carteles, avisos de  propaganda, etcétera, en caminos  de
    jurisdicción provincial;
       42) Nº 120/179 del 14/5/945. Nuevo decreto-ley de Contri-
    bución Directa;
       43) Nº128/187 del 9/8/945. Poniendo  en vigencia el nuevo
    decreto-ley de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
       44) Nº 132/191 del 14/9/945. Adhiriendo a la Provincia al
    régimen de coparticipación federal, previsto  por el decreto
    nacional Nº 11.157, del 29/5/945;
       45) Nº 133/192 del 1/10/945. Adoptando  el régimen fiscal
    para el comercio de bebidas y represión de alcoholismo;
       46) Nº 521/13 del 3/10/945. Transfiriendo  al Consejo Na-
    cional de Educación un terreno  fiscal para construcción del
    edificio a  levantarse con fondos  del legado José Rogert Va
    let;
       47) Nº 136/195 del 9/10/945. Poniendo  en vigencia el de-
    creto-ley nacional del 1/10/945, que  deroga el  artículo 67
    del decreto-ley de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
       48) Nº 151/10  del 10/1/946. Poniendo en vigor para 1946
    el presupuesto general de 1945, con los reajustes  aprobados
    por el Superior Gobierno Nacional y con  eliminación de par-
    tidas por una sola vez y refuerzos transitorios dispuestos y
    con excepción de los sueldos de gobernador y ministros, con-
    signados en los incisos 1 y 2, item 1º, anexo A, e inciso 1,
    item 1º, anexo B; quedando en  consecuencia  restituidos di-
    chos  sueldos  al importe  fijado  por ley del 3 de enero de
    1928, que rigió hasta el año 1943;
       49) Nº 1/1 del 15/1/946. Declarando acogida a la Provin-
    cia a las disposiciones del decreto-ley Nº 33.425/44 del Su-
    perior  Gobierno de la Nación, de creación de la Administra-
    ción Nacional del Agua;
       50) Nº 162/221/17  del  13/3/946.  Poniendo  en  vigencia
    el decreto-ley nacional Nº 9/3/946, relativo  a autorización
    de gastos con cargo al superavit de 1945;
       51) Nº 168/227 del 6/4/946. Eximiendo a las asociaciones
    futbolistas del pago de  todo  impuesto  provincial creado o
    a crearse, inclusive el de sellos;
       52) Nº 169/227 del 23/4/946. Reglamentando  el  ejercicio
    de la agrimensura, arquitectura e ingenieria, en todo el te-
    rritorio de la Provincia;
       53) Nº 170/228 del 30/4/946. Autorizando  al Banco  de la
    Provincia a conceder préstamos  especiales de unificación de
    deudas al personal de su dependencia;
       54) Nº 172/230 del  11/5/946. Modificando  el decreto-ley
    Nº 163/222/17 sobre Catastro Parcelario.
    
       Art.2º.- Apruébase el convenio de traspaso a la Nación de
    los bienes de la Dirección Provincial de la Energia celebra-
    do con fecha 20 de noviembre de 1945.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la honorable Cámara de Se-
    nadores, a veintinueve  días de  mayo de mil noveciento cua-
    renta y seis.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    DECLARA LEYES DE LA PROVINCIA. LOS DECRETOS ACUERDOS DICTADOS POR LA INTERVENCIÓN FEDERAL, DESDE EL 04/06/1943 HASTA EL 22/03/1946. APRUEBA EL CONVENIO DE TRASPASO A LA NACIÓN DE LOS BIENES DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA ENERGÍA CELEBRADO EL 20/11/1945.-

  • Observaciones