• Detalle de Ley

    Ley N°: 1949
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 12/07/1946
    Promulgada: 31/07/1946
    Publicada: 10/08/1946
    Boletin Of. N°: 11183

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Prorrógase  hasta el 15 de  Agosto de 1.946
    el plazo  para  pagar sin multa la contribución directa, pa-
    tentes en  general,  derechos  de análisis químicos, riego y
    renovación de  archivos  de  marcas, correspondientes al año
    1946 y atrasados.
    
       Art.2º.- Queda  facultada  la  Dirección  de  Rentas para
    percibir los  importes de las sumas adeudadas con documentos
    cuyo vencimiento  no  excederá  del 31 de Diciembre de 1946,
    con los  intereses   bancarios  correspondientes que se abo-
    narán por separado juntamente con el sellado de ley.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
    doce días  del  mes  de  Julio de mil novecientos cuarenta y
    seis.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    PRORROGA EL PLAZO PARA PAGAR SIN MULTAS LA CONTRIBUCION DIRECTA, PATENTES EN GENERAL Y OTROS.-

  • Observaciones