* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir
la suma de $ 15.000 m/n. (quince mil pesos moneda nacional),
en el rescate de máquinas de coser, herramientas y útiles de
trabajo y de estudio, pignorados en el Banco Municipal de
Préstamos hasta el 31 Diciembre de 1945.
Art.2º.-El Poder Ejecutivo determinará la forma de apli-
cación de la presente, de acuerdo a su finalidad.
Art.3º.- El gasto que demande esta Ley se hará de Rentas
Generales con imputación a la misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
los doce días del mes de Julio de mil novecientos cuarenta y
seis.