* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
gratuitamente, sin cargo alguno, a la Dirección Nacional de
Arquitectura, el dominio del inmueble de propiedad fiscal
ubicado en esta ciudad manzana "D" del plano oficial, de una
extensión de tres mil quinientos veintitrés metros cuadrados
o sea lo comprendido dentro de los siguientes linderos:
al Norte, calle España; al Sud, terreno fiscal cedido a la
Asociación Católica de Empleadas, Hogar de la Mujer Obrera y
Federación Tucumana de Football; al Este calle Rivadavia y
al Oeste, propiedad fiscal cedida al Gobierno de la Nación
para construcción del edificio de la Escuela de Comercio.
Art.2º.- La Dirección Nacional de Arquitectura procederá
a construir en el terreno de referencia, dentro del término
de dos años, las oficinas y galpones para depósitos de mate-
riales e implementos; quedando sin efecto esta transferencia
si no se hicieran los trabajos necesarios en el término fi-
jado.
Art.3º.- El Poder Ejecutivo de la Provincia queda autori-
zado a cualquier trámite para el mejor cumplimiento de la
presente Ley.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura a
1º de Agosto de mil novecientos cuarenta y seis.