* CADUCA *
La Honorable Sala de Representantes, en uso de sus atri-
buciones, ha sancionado la siguiente.
L E Y :
Artículo 1º.- Nómbrase al Gobernador Interino de la
Provincia, durante la ausencia del propietario, al ciudadano
D. José Ma. del Campo.
Art. 2º.- El ciudadano nombrado concurrirá a la Sala de
Sesiones el día de mañana 28 del corriente, a las ocho de la
noche, a prestar el juramento de ley.
Art. 3º.- Comuníquese.
Sala de Sesiones, en Tucumán, Diciembre 27 de 1861.-