• Detalle de Ley

    Ley N°: 1976
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 04/10/1946
    Promulgada: 08/10/1946
    Publicada: 08/10/1946
    Boletin Of. N°: 11236

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Substitúyase el artículo 1º del  decreto a-
    cuerdo número 195, del 1º de abril de 1944, por el  siguien-
    te:
      "Artículo 1º.- El Banco de la Provincia de Tucumán otorga-
    rá créditos hortícolas  para el cultivo  de la tomatera, pi-
    miento, berenjena, poroto para chaucha y pepino, en  las si-
    guientes proporciones:
       Tomatera......hasta $ 4.000 por hectárea a c/u.
       Pimientos..... "    $ 2.500  "     "     "  "
       Poroto para
       chaucha ...... "    $ 1.600  "      "    "  "
       Berenjena y
       pepino ......  "    $ 1.500   "     "     "    "
       Los créditos no podrán exceder en total de veinte mil pe-
    sos moneda nacional para cada horticultor".
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a cuatro  días del mes de  octubre del  año  mil novecientos
    cuarenta y seis.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA DECRETO ACUERDO 195/44 -OTORGAMIENTO DE CREDITOS HORTICOLAS-.

  • Observaciones