* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase de Rentas Generales la suma de
cinco mil pesos moneda nacional, la partida 4, ítem 17, a-
partado a), inciso XXIII, anexo A del presupuesto general
en vigor, que destina fondos para gastos extraordinarios y
eventuales del Departamento General de Policía.
Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir de
Rentas Generales hasta la suma de quince mil pesos moneda
nacional, para atender hasta el 31 de diciembre de 1946, los
sueldos, salario familiar, etcétera, del personal de policía
que prestaba servicios en los Ferrocarriles del Estado, cu-
yos haberes venían siendo atendidos con cargo a los fondos
depositados al efecto por los citados ferrocarriles.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos
cuarenta y seis.