• Detalle de Ley

    Ley N°: 1998
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - ECONOMICO
    Sancionada: 29/11/1946
    Promulgada: 03/12/1946
    Publicada: 21/12/1946
    Boletin Of. N°: 11290

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Ábrese un crédito  extraordinario al Depar-
    tamento de  Gobierno, Justicia e Instrucción Pública, por la
    cantidad de tres mil quinientos veinte pesos moneda nacional
    cuyo importe será destinado a abonar la retenciones efectua-
    das por la ley de presupuesto para 1944, al personal de ser-
    vicio de la Honorable Legislatura.
    
       Art.2º.- El gasto que demande el  cumplimiento de la pre-
    sente ley,  se hará de Rentas  Generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a veintinueve  días  del  mes de noviembre del año mil nove-
    cientos cuarenta y seis.
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ABRE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO AL DEPARTAMENTO DE GOBIERNO, JUSTICIA E INSTRUCCIÓN PÚBLICA PARA ABONAR LA RETENCIONES EFECTUADAS POR LA LEY DE PRESUPUESTO PARA 1944, AL PERSONAL DE SERVICIO DE LA HONORABLE LEGISLATURA.-

  • Observaciones