* CADUCA *
La H.S. de Representantes de la Provincia, en uso de su
Soberanía ha sancionado en sesión de esta fecha con valor y
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Queda encargado el Exmo. Señor Gobernador y
Capital General de la Provincia de Entre Ríos, Brigadier
General D. Justo José de Urquiza, por parte de la Provincia
de Tucumán, para entretener las Relaciones Exteriores y los
negocios generales de la Confederación Argentina.
Art. 2º.- El encargo conferido por el artículo anterior,
durará hasta la reunión del Congreso que, con arreglo al
pacto Federativo, debe convocarse para constituir la
República según la voluntad Nacional.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo para su debido
cumplimiento.
Tucumán, Abril 2 de 1852.-