* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase a las municipalidades de las
ciudades de Aguilares, Concepción, Monteros, Tafí Viejo y
Villa Alberdi, a acogerse a la ley Nº 1.975, sobre pavimen-
tación de ciudades.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a trece días del mes de diciembre del año mil novecientos
cuarenta y seis.-