* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de cinco mil pesos moneda nacional para inde-
mnizar a los pobladores de la zona de La Ramada, departamen-
to Burruyacu, que resultaron damnificados por el ciclón de
fecha 15 del corriente mes.
Art. 2º.- La distribución de fondos estará a cargo de una
comisión compuesta por el señor gerente del Banco de la Pro-
vincia, por el señor presidente de la Comisión de Higiene y
Fomento y por el señor presidente del Sindicato Obreros del
Surco y Explotación de Bosques, de la localidad de La
Ramada.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a diez días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta
y seis.-