• Detalle de Ley

    Ley N°: 2032
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - ECONOMICO
    Sancionada: 18/01/1947
    Promulgada: 27/01/1947
    Publicada: 01/02/1947
    Boletin Of. N°: 11323

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Directorio de la Caja Popular
    de Ahorros para conceder, por una sola vez y a título de ex-
    cepción, préstamos especiales que no podrán exceder de vein-
    te sueldos  básicos mensuales, al personal de su dependencia
    con antigüedad mínima de dos años en la institución.
       El plazo  para  acogerse  a los beneficios de la presente
    ley será  de  cuarenta  y cinco días improrrogable, desde la
    fecha de su promulgación.
    
       Art. 2º.- Las demás condiciones  a que se sujetarán estas
    operaciones deberán ser sometidas a la aprobación previa del
    Poder Ejecutivo.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a dieciocho días del mes de Enero de mil novecientos cuaren-
    ta y seis.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL DIRECTORIO DE LA CAJA POPULAR DE AHORROS PARA CONCEDER, POR UNA SOLA VEZ Y A TÍTULO DE EXCEPCIÓN, PRÉSTAMOS ESPECIALES AL PERSONAL DE SU DEPENDENCIA CON ANTIGÜEDAD MÍNIMA DE DOS AÑOS EN LA INSTITUCIÓN.-

  • Observaciones