* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Suprímese la Oficina Topográfica.
Art. 2º.- Toda obra nueva, reforma o cerca que tratase de
hacerse por particulares, dentro de la ciudad o sus ejidos,
correrán bajo la inspección del Jefe de Policía, ante quien
se pedirá permiso para que, por si o sus delegados, se trace
la línea de demarcación conforme a las reglas de la materia,
so pena a los infractores de que , a su costa, se demolerá
la obra.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Tucumán, Julio 12 de 1862.-