* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase la realización de las siguientes
obras públicas en el departamento de Monteros:
1 Perforación de un pozo surgente y bebedero, en locali-
dad de San José de las Flores................ $ 20.000
2 Perforación de un pozo semisurgente en la Villa de Río
Seco......................................... " 20.000
3 Construcción de un tanque cisterna con su equipo de
bombeo y cañería, en la localidad de Río Seco." 30.000
4 Construcción de una comisaría y casa para el comisario
en Villa Quinteros........................... " 100.000
5 Reparación de la escuela "Ibatín"............ " 10.000
6 Construcción de un edificio destinado al funcionamiento
de una unidad sanitaria, en Santa Rosa (León Rougés)...
.............................................." 120.000
7 Reparación del edificio destinado a la comisaría y juz-
gado de paz, en la ciudad de Monteros........." 25.000
8 Adquisición de un terreno y construcción de un matade-
ro en Los Sosas..............................." 25.000
9 Reparación del edificio destinado a la escuela de Ache-
ral..........................................." 10.000
10 Reparación del camino de Acheral a Amaicha...." 100.000
11 Perforación de un pozo surgente y bebedero, en la loca-
lidad de Costilla............................." 20.000
12 Construcción de un edificio para el guardián del dique
canal de Acheral............................. " 15.000
13 Reparación del edificio donde funciona la escuela "Jo-
sefa Díaz" (Simoca).......................... " 25.000
14 Perforación de un pozo surgente en la localidad de Si-
moca........................................... " 15.000
TOTAL...............$ 535.000
Art. 2º.- El costo de la obra de irrigación establecida
en el apartado 3) del artículo 1º, será reembolsado por los
usuarios de conformidad con las disposiciones pertinentes de
la Ley de Riego.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley, se atenderán con fondos del empréstito autori-
zado por Ley Nº 2.023 (Art. 1º, inciso e).
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta y un días del mes de mayo de mil novecientos cuaren-
ta y siete.