* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase la realización de las siguien-
tes obras en el departamento de Río Chico:
1 Construcción de los desagües y obras de saneamiento en
la Villa Santa Ana............................$ 200.000
2 Rahabilitación del canal Los Córdoba.........." 50.000
3 Adquisición de un terreno y construcción de un edificio
para funcionamiento de una unidad sanitaria en Villa
Clodomiro Hileret............................." 120.000
4 Construcción de un camino enripiado de 9.118 metros, de
6 metros de ancho, entre las localidades de Villa Al-
berdi y Marapa............................." 251.981.59
5 Reparaciones en el edificio donde funciona la escuela
"Rio Chico".................................. " 10.000
6 Construcción de un edificio para comisaría y casa para
comisario en Villa Clodomiro Hileret......... " 100.000
7 Reconstrucción del cementerio de Villa Codomiro Hile-
ret.......................................... " 7.000
Total...... 738.981.59
Art. 2º.- El costo de la obra de irrigación del apartado
2 del artículo 1º, será reembolsado por los usuarios de
conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de
Riego.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley, se atenderán con fondos del empréstito autori-
zado por ley Nº 2023 (artículo 1º, inciso e).
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta y un días del mes de mayo de mil novecientos cuaren-
ta y siete.