* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase la realización de las siguientes
obras públicas en el Departamento de Graneros:
1.- Adquisición del canal de propiedad de
la Sucesión de: Clementino Colombres Garmendia;
de una extensión aproximada de 22 kilometros....$ 22.000
2.- Construcción de un tanque elevado
renovación y ampliación de las cañerías e-
xistentes en la Villa de La Madrid..............$ 150.000
3.- Perforación de un pozo surgente en la
localidad de Arboles Grandes....................$ 27.142.69
4.- Perforación de un pozo semisurgente en
la localidad Los Ramos..........................$ 25.000
5.- Perforación de un pozo semisurgente en
la localidad de Los Chañaritos................. $ 30.000
6.- Perforación de un pozo surgente en la
localidad de Taco Rodeo........................ $ 30.000
7.- Adquisición de terreno y construcción
de un puesto sanitario en Taco Ralo............ $ 60.000
8.- Ampliación y reparación del edificio
donde funciona la escuela "Cristobal Colón" en
la localidad de Taco Rodeo..................... $ 20.000
9.- Ampliación y reparación del edificio
donde funciona la escuela "Belisario López",
en la Villa de Graneros........................ $ 50.000
10.- Adquisición de terreno y construcción de
comisaría con casa para el comisario en la Loca-
lidad de Taco Ralo............................. $ 100.000
11.- Reparación del mercado de La Madrid..... $ 10.000
12.- Adquisición de terreno y construc-
ción de un mercado en Taco Ralo................ $ 25.000
13.- Adquisición de terreno y construc-
ción de un matadero en La Madrid............... $ 25.000
14.- Adquisición de terreno y construc-
ción de un mercado en la Villa de Graneros..... $ 30.000
15.- Perforación de un pozo surgente en
la localidad de La Iguana...................... $ 20.000
T O T A L .......... $ 624.142.69
Art. 2º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expro-
piación el canal de propiedad de la Sucesión de Clementino
Colombres Garmendia ubicado en el Departamento de Graneros;
con una extensión aproximada de 22 kilómetros y que pasa por
las localidades denominadas el Corralito; Yánimas; Domingo
Millán; (anteriormente Sacrificio/ y La Invernada).
Art. 3º.- El costo de las obras de irrigación comprendi-
das en los apartados 1 y 2 del artículo 1º, será reembolsado
por los usuarios de conformidad con las disposiciones perti-
nentes de la Ley de Riego.
Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente Ley se atenderán con fondos del empréstito autori-
zado por Ley Nº 2023; (Art.1º inciso e).
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a treinta y un días del mes de Mayo del año mil novecientos
cuarenta y siete.