* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase la realización de las siguientes
obras públicas en el departamento de Trancas:
a) En Chuscha "La Salamanca" (Obras de
derivación para Finca Salamanca).............$ 10.000
b) En Villa de Trancas (Edificio com-
partición en Trancas)........................" 23.000
c) En El Tala (Edificio guardián di-
que El Tala)................................." 15.000
d) En Villa de Trancas (Lecho filtran-
te, cañería y clorador)......................" 200.000
e) En Choromoro (Reparación edificio
escuela "Javier López")......................" 10.000
f) En Leocadio Paz (Adquirir terreno
y construir edificio policial)................$ 80.000
g) En San Pedro de Colalao (Recons-
trucción matadero)..........................." 10.000
h) En Villa de Trancas (Reconstruc-
ción y ampliación del cementerio)............" 10.000
T o t a l $ 358.000
Art. 2º.- El costo de las obras de irrigación comprendi-
das en los apartados a) y d) del artículo 1º, será reem-
bolsado por los usuarios de conformidad con las disposicio-
nes pertinentes de la Ley de Riego.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se atenderá con fondos del empréstito autorizado
por Ley Nº 2.023 (Art. 1º, inciso e).
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a treinta y un días del mes de mayo de mil novecientos cua-
renta y siete.