* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo. 1º.- Autorízase la realización de las siguien-
tes obras públicas en el Departamento de Tafí.-
1.- Mejoramiento de los canales de riego de
Amaicha.......................................... $ 100.000
2.- Mejoramiento del servicio de agua corrien-
te en la localidad de Colalao del Valle..........." 50.000
3.- Construcción de desagües en las localida-
des de Marcos Paz y Yerba Buena..................." 300.000
4.- Mejoramiento del sistema provisión de agua
corriente en las localidades de Marcos Paz
y Yerba Buena....................................." 500.000
5.- Construcción de un edificio destinado para
vivienda del encargado de agua corriente en la lo-
calidad de Yerba Buena..........................." 19.000
6.- Construcción de toma canal resvestido de-
cantador, clorador y cañería en Amaicha.......... " 35.000
7.- Raparación del camino de Acheral a Amaicha
en una longitud de 78.000 metros................. " 200.000
8.- Construcción en terreno fiscal de un edifi-
cio destinado a sanatario antituberculoso en Amai-
cha............................................. " 2.000.000
9.- Construcción de un edificio para funciona-
miento de una unidad sanitaria en Tafí del Valle.. " 370.000
10.- Para reparación del edificio destinado a
la escuela "Aconquija" en la localidad de Yerba
Buena............................................. " 40.000
11.- Para reparación del edificio donde funciona
la comisaría de la localidad de Yerba Buena y cons-
trucción de casa para el comisario................. " 40.000
12.- Adquisición de terreno y construcción de un
matadero en Tafí del Valle......................... " 40.000
13.- Adquisición de terreno y construcción de un
matadero en Amaicha............................... " 40.000
14.- Construcción de casilla para el encargado de
agua corriente, en Anta Muerta.................... " 15.000
15.- Construcción de camino desde Avenida Aconqui-
ja a San Pablo (por Avenida Solano Vera), de hormi-
gón, de seis metros de ancho, desde Avenida Aconqui-
ja Kilómetro 2 1/2 hasta San Pablo; incluyendo obras
de desagües, expropiaciones, etc...................$ 837.400
Art. 2º.- El costo de las obras comprendidas en los apar-
tados 4 y 6 del artículo 1º, serán reembolsados por los
usuarios con cargo a la tasa anual.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente Ley se atenderá con fondos del empréstito autoriza-
do por la Ley Nº 2023 (artículo 1º, inciso e/).
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a trece días del mes de Setiembre del año mil novecientos
cuarenta y siete.