* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Modifícase la Ley número 1.985 de fecha 15
de noviembre de 1946, en lo que respecta al plazo autorizado
al Poder Ejecutivo, para licitar la explotación de los ser-
vicios de confitería, teatros, cines, etc., en los locales
situados en el Parque Centenario 9 de Julio, comúnmente de-
nominados "Recreo Ideal" y "Feria de Novedades", el que de-
berá ser por el término de diez (10) años, con opción a cin-
co (5) más.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos
cuarenta y siete.