• Detalle de Ley

    Ley N°: 2088
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 13/09/1947
    Promulgada: 03/10/1947
    Publicada: 10/10/1947
    Boletin Of. N°: 11523

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase el artículo 23 de la Ley de Edu-
    cación Común  del  2  de septiembre de 1914, en la siguiente
    forma:
       "Inciso 6º) bis (nuevo).- Autorizar los meses de vacacio-
    nes y  hasta los sesenta días después de haberse iniciado el
    período escolar.
       "Exceptúanse los  traslados o permutas que por razones de
    salud, fueren de urgencia disponer, en los casos así aconse-
    jados por el Cuerpo Médico Escolar;
       "Inciso 6º)  (2º  bis  nuevo).- Las vacantes por falleci-
    mientos, renuncias, cesantías, traslados o retiros por jubi-
    lación, serán  llenadas dentro de los cinco días de produci-
    das".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a trece  días  del mes de septiembre de mil novecientos cua-
    renta y siete.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 492 -LEY DE EDUCACIÓN COMÚN- RESPECTO DE VACACIONES ESCOLARES, TRASLADOS Y PERMUTAS Y VACANTES POR FALLECIMIENTO, RENUNCIAS, CESANTÍAS, TRASLADOS Y JUBILACIONES.-

  • Observaciones