* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Créanse en el Consejo General de Educación
los siguientes cargos, con las asignaciones establecidas por
ley Nº 2000, de fecha 4 de diciembre de 1946:
CATEGORÍA NÚMERO DE CARGOS
Con anterioridad al 1º de mayo de 1947:
Personal docente
Director escuela infantil........................ 18
Director escuela nocturna........................ 1
Maestro de grado (m.n.n.)........................ 328
Maestro especial con título habilitante........... 87
Maestro de grado para escuela nocturna (m.n.n. o
bachiller)........................................ 25
Personal de servicio - escuelas
Conserje escuela infantil........................ 70
Personal de servicio - escuelas
Con anterioridad al 1º de enero de 1947:
Conserje escuela elemental........................ 1
Art. 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de la
presente Ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma, debiendo incorporarse estos cargos a la Ley de Pre-
supuesto General de Gastos.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a dieciséis días del mes de octubre de mil novecientos cua-
renta y siete.