* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Destínase hasta la suma de trescientos mil
pesos moneda nacional, de los fondos que para obras públicas
asigna la ley de empréstito nº 2.023, a efecto del cumpli-
miento de la ley nº 1944, de fecha 15 de julio de 1946, para
la realización de obras y reparaciones en el Savoy Hotel.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a diez días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y
siete.